La Comisión Nacional de Informática y Libertades de Francia CNIL, alarmada por una jurisprudencia que afecta al caracter personal de las direcciones IP en las redes P2P
Dos recientes sentencias del Tribunal de Apelación de Paris, inquietan al CNIL (Commission nationale de l'informatique et des libertés - Wikipédia), organismo similar a la Agencia de Protección de Datos, y ha dado la voz de alarma reabriendo el debate sobre la licitud del acceso a las direcciones IP de los usuarios de las redes peer-to-peer, sin necesidad de autorización previa del Cenil, ya que no las considera datos de carácter personal y por consiguiente
los titulares de los derechos de autor o sus representantes ( en Francia la SCPP ) pueden acceder a ellas y después utilizarlas para que condenen a los usuarios por disposición ilegal de ficheros.
Esto ha sido lo resuelto por el Tribunal de Apelación de Paris, en dos casos recientes, el primero del 27 de abril de 2007), el tribunal consideró que el agente juramentado por el SCPP (sociedad civil de los productores fonográficos) para obtener la dirección IP de los infractores, había actuado correctamente. " Se contentó con conectarse a Internet, con acceder por un software a ficheros compartidos y con recoger la dirección IP gracias a un seudónimo, lo que todo internauta podía hacer ", y el internauta fue sancionado al pago de 5 000 euros de multa con prórroga, y 1 500 euros de daños y perjuicios al SCPP. Argumentos similares se esgrimieron en el caso juzgado el 15 de mayo, considero que en el marco de la investigación de una infracción en Internet, no se permite identificar a una persona física, sin embargo la dirección IP no es un dato a carácter personal. El internauta fue esta vez sancionado a 2 800 euros de indemnización en el SCPP, y sometió a 1 000 euros de multa con prórroga.
Ahora el Cenil alarmado por estas sentencias ha interpuesto recurso de casación en interés de la LEY, 28 años de experiencia en defensa de las libertades, la intimidad y la privacidad se notan, la Agencia Española de Protección de Datos debería aprehender de la gestión del CENIL y no dar tantas facilidades a las Sociedades de gestion.
Fuente: lastana.